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1. FUNDAMENTACIÓN

Las circunstancias extraordinarias sobrevenidas por la pandemia de COVID-19 y las diferentes medidas de prevención y control de la misma, han ocasionado que muchos sanjuaneros y sanjuaneras se hayan visto afectados por la merma de ingresos, al tener que paralizar o reducir su actividad. Esta crisis sanitaria ha provocado un parón en la actividad económica, ante la que este Ayuntamiento está emprendiendo medidas de actuación coordinada para contrarrestar los efectos de esta crisis sanitaria, económica y social.

El Ayuntamiento de San Juan del Puerto ha decidido ayudar al sector comercial con la organización de un mercado navideño, con el propósito de impulsar la reactivación económica y social del municipio.

2. OBJETO

El objeto de las presentes Bases es la regulación de la participación y funcionamiento, para el ejercicio de la actividad de venta en stands instalados en el patio del Ayuntamiento de San Juan del Puerto, con motivo del “Mercadillo navideño 2021”, durante el periodo comprendido entre el 10 y 12 de diciembre.

La autorización de venta de acuerdo con lo establecido en las presentes bases no prejuzga cualquier otra autorización o licencia que sea preceptiva.

3. INSTALACIÓN DE standS Y ORGANIZACIÓN DEL MERCADO

El mercado navideño estará compuesto por 15 STANDS que se situarán en el patio del Ayuntamiento de San Juan del Puerto en el periodo comprendido en entre el 10 y el 12 de diciembre.

Horario:

Los puestos de venta deberán cumplir con los horarios:

  • 10 diciembre de 13:00 a 22:00 horas
  • 11 diciembre de 10:00 a 22:00 horas
  • 12 diciembre de 10:00 a 22:00 horas

El Ayuntamiento se reserva la posibilidad de modificaciones puntuales en horarios o días de venta por causas motivadas.

4. PARTICIPANTES Y REQUISITOS

Este mercadillo está destinado prioritariamente a los comercios del municipio, con el objetivo de incentivar la actividad económica en tiempos difíciles. Podrán participar, en las condiciones que más adelante se establecen las personas autónomas y otras empresas registradas en el término de municipal de San Juan del Puerto y cuyo IAE figure en este Ayuntamiento.

Se podrán contemplar también otras actividades de índole social que se presenten en función de la demanda: ONGs y asociaciones, legalmente constituidas, con fines sociales y sin ánimo de lucro, que trabajen o tengan delegación en el municipio de San Juan del Puerto, con el fin de vender los productos que sean necesarios para la recaudación de fondos y la promoción de su actividad.

5. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZOS

Las solicitudes se realizarán de la siguiente forma: Se realizará una solicitud por interesado y que cumpla con los requisitos solicitados en las presentes bases.

Las solicitudes deberán presentarse en:

  • El Registro General del Ayuntamiento de San Juan del Puerto, en el horario de 9h a 14h de lunes a viernes.
  • A través de Registro Electrónico del Ayuntamiento de San Juan del Puerto, en la sede electrónica

El plazo de presentación de las solicitudes será del 1 al 7 de diciembre en los lugares indicados en las presentes bases.

6. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  1. Cumplimentar el modelo de solicitud (Anexo I).
  2. Declaración responsable (Anexo II) que deberá estar firmada y con la correspondiente identificación, en la que el interesado/a ponga de manifiesto, entre otras exposiciones, lo siguiente:
    • DNI, CIF/NIF del solicitante.
    • Autorización al Ayuntamiento de San Juan del Puerto para efectuar consulta de deudas ante la Agencia y Ente Tributario, Seguridad Social y el propio Ayuntamiento.
    • Que asume la responsabilidad por los posibles daños que se pudieran ocasionar con motivo de la ocupación, incluida la que se pudiera derivar de cualquier producto que se expenda.
  3. Justificante de estar dado de alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas).
  4. Justificante actualizado de estar dado de alta en el régimen correspondiente como autónomo/empresa. En caso de no estar dado de alta en el momento de la solicitud, deberá de darse de alta en el régimen de la Seguridad Social, al igual que a sus trabajadores.
  5. Para stands de gastronomía :
    • Copia del registro sanitario alimentario.
    • Acreditación de manipuladores de alimentos de las personas que estarán en las stands.

7. PROCEDIMIENTO DE VALORACIÓN Y ADJUDICACIÓN

Una vez recibidas todas las solicitudes, en caso de haber más solicitudes que stands, de ser necesario, se procederá a establecer unos criterios de selección encaminados a priorizar los objetivos que se pretenden con este mercadillo estableciendo los mecanismos mediante sorteo u otro procedimiento.

8. OBLIGACIONES DE LOS ADJUDICATARIOS

  1. La persona que atienda personalmente el puesto deberá de cumplir con las condiciones de higiene y seguridad alimentaria que sean de aplicación en cada caso.
  2. La instalación adjudicada será dedicada exclusivamente al objeto manifestado en la solicitud.
  3. Cumplir con las obligaciones contenidas y recomendaciones realizadas por las autoridades competentes en materia de COVID19.
  4. Mantener en perfecto estado de seguridad, limpieza, ornato, salubridad e higiene las instalaciones, la superficie concedida y sus alrededores, tanto durante el horario de ocupación como a la finalización del mismo.
  5. En su caso, las instalaciones autorizadas destinadas a la venta de alimentos se ajustarán a las disposiciones contenidas en la normativa general reguladora de las condiciones higiénico-alimentarias y de protección de consumidores/as y usuarios/as.
  6. En caso de deterioro o destrucción del dominio público local, incluyendo los elementos de iluminación, ornato, megafonía e instalaciones provistas por el Ayuntamiento para la celebración del mercadillo, la persona beneficiaria de la autorización, estará obligada a la reposición de los bienes dañados en el plazo que se fije, dentro del cual se le requerirá para que por sus propios medios realice las obras necesarias para reponer el espacio afectado a su estado original, y en caso de no producirse, al reintegro del coste total de los respectivos gastos de reconstrucción o reparación. Si los daños fueran irreparables, el Ayuntamiento será indemnizado por él autorizado responsable, en cuantía igual al valor de los bienes.
  7. Cumplir con los horarios de apertura establecidos en las presentes bases.
  8. Aceptar su inclusión como participantes del mercadillo navideño en un directorio, ya sea a través de web y redes sociales, así como por cualquier otro medio que determine el Ayuntamiento de San Juan del Puerto.
  9. Autorizar al Ayuntamiento de San Juan del Puerto para utilizar material gráfico para su difusión en los diferentes medios, para la promoción turística del mercado navideño.

9. RESOLUCIÓN Y CADUCIDAD DE LA OCUPACIÓN

Se producirá por incumplimiento de las anteriores obligaciones y, además, por las siguientes causas:

  1. Terminación del plazo.
  2. No utilizar la adjudicación del stand o destinarlo a usos distintos de los manifestados en su solicitud.
  3. Presentación antiestética o desordenada, descuido en el aseo personal, falta de limpieza, incorrección en el trato con el público, o por producir alteraciones de orden público, altercados o escándalos.
  4. Incumplimiento de las indicaciones que, en su caso, pudieran formularse por los responsables de los Servicios Técnicos Municipales y de la Policía Municipal.
  5. Por motivos de seguridad ciudadana e interés público motivado.
  6. La atención en el stand por personas no autorizadas.
  7. La autorización puede ser anulada o modificada en cualquier momento por causas justificadas, derivadas del incumplimiento de las presentes bases, de la legislación vigente, e incluso por razones de fuerza mayor debidamente acreditadas, sin que su titular tenga derecho a indemnización o compensación alguna en ninguno de los casos.
  8. El incumplimiento reiterado del calendario y del horario por parte de los adjudicatarios, sin causa objetiva justificada, podrá dar lugar a la pérdida del derecho de la cesión del stand y en consecuencia de la participación en el mercado.

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